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SEGURIDAD INDUSTRIAL


Evolución y retos de la seguridad industrial en Colombia


La seguridad industrial en Colombia cumple casi un siglo, pero aún existen zonas grises en las que tanto el Estado como el sector empresarial deben trabajar.

 

Los elementos que conforman lo que hoy conocemos como seguridad industrial en Colombia encuentran su origen a principios del siglo XX, cuando el líder liberal, Rafael Uribe Uribe, trató específicamente el tema de la seguridad en el trabajo y promovió la Ley 57 de 1915 o “Ley Uribe”, en la que se consagraron, por primera vez, temas como: las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, las clases de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Esta primera base normativa se convirtió en el eslabón inicial de una larga cadena, que aún permanece inconclusa, pero que ha conseguido avances importantes desde los albores de la modernidad en el país.

 

Tres años más tarde, inspirados en lo esbozado en la Ley 57 y buscando fortalecer la protección de los trabajadores frente a los peligros y riesgos que se pudieran presentar en el desarrollo de sus labores, se promulga la Ley 46 de 1918, que dictaminaba medidas de higiene y sanidad  para empleados y empleadores; en 1934 se radica la Ley 10, donde se reglamentaba la enfermedad profesional y los auxilios de cesantías, entre otros temas. Por su parte, la Ley 44 de 1939 da origen a la creación del seguro obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo, que junto al Decreto 2350 de 1944, promulgaron los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los empleados en el mismo.

 

No obstante, los años posteriores fueron el escenario de cambios verdaderamente significativos para el desarrollo de la seguridad industrial y la salud ocupacional, y dieron origen a nuevas instituciones que trazaron la ruta hacia el actual sistema. En el año 1946, con la promulgación de la Ley 90, nace el Instituto de Seguros Sociales (ISS), con el objetivo de prestar servicios de salud en casos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores colombianos. Dos años más tarde, mediante el acto legislativo No. 77, se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, para que posteriormente, con el Decreto 3767 de 1949, se establecieran políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.

 

Todas estas iniciativas estatales serían complementadas por el sector empresarial con la fundación, en 1954, del Comité Nacional de Prevención de Accidentes (Conalpra), hoy conocido como el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS). Para el Ing. Renán Rojas Gutiérrez, actual presidente ejecutivo del CCS, el nacimiento de esta institución respondió a la inexistencia de una organización que promoviera y brindara conocimiento sobre esta materia. “Colombia se encontraba en un periodo de sustitución de las importaciones, y los empresarios que comenzaban a instalarse en el país, y algunos otros que se encontraban trabajando en el sector químico y del petróleo, vieron que necesitaban de una corporación que sirviera como vehículo para traer conocimiento, difundir información y capacitar a los trabajadores.”

 

 Fue hasta la década de 1950 cuando el empresariado colombiano comenzó a hablar de manera conciente de la seguridad industrial, en especial sobre las formas en cómo prevenir los accidentes laborales, dejando, un tanto rezagadas, las enfermedades ocupacionales y sus consecuencias. Cómo lo explica el Ing. Rojas, “en ese momento no era muy importante esto, no era tan evidente su transcendencia, y la investigación científica en cuanto a la relación entre ciertos agentes de riesgo y algunas enfermedades no era muy clara, por lo que era común que se obviaran. Era mucho más impactante el incendio, la lesión, el atrapamiento de algunos trabajadores; esa fue la visión durante mucho tiempo.” 

 

Este modelo se mantuvo durante casi 30 años, sin políticas de prevención claras, que obligaban a los minúsculos grupos de salud ocupacional a responder a los impasses diarios con cierta inexactitud y desorientación. Solo hasta la promulgación de la Ley 9 de 1979, que daba origen al Código Sanitario Nacional, el Estado colombiano mostró un real interés por la defensa de la salud del trabajador, preocupación plasmada en el artículo 81 de esta ley, el cual señala: “La salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en la participarán el Gobierno y los particulares”. De igual forma, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 02400, o mejor conocida, como el Estatuto de Seguridad Industrial, en la cual se establecían algunas disposiciones sobre la higiene y la seguridad en los establecimientos de trabajo.

 

Fuente:http://www.reporteroindustrial.com


¿Qué es la legislacion en salud ocupacional?

1) Decreto 1295 de 1994. Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. ... Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.

 

¿Cuál es la ley que rige la salud ocupacional?

 

Ley 100 de 1993: por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Ley 1562 de 2012: por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud ocupacional.

 

Salud ocupacional es el conjunto de actividades asociado a disciplinas multidisciplinarias, cuyo objetivo es la promoción y mantenimiento del más alto grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas las profesiones promoviendo la adaptación del trabajo al hombre y del hombre a su trabajo ...

 

¿Qué es lo que se hace en salud ocupacional?

Es un área que se encarga de procurar el bienestar de los trabajadores, tanto físico y mental como emocional; en general ese es el objetivo principal de todas las actividades que se lleven a cabo bajo este concepto. Entonces podemos decir que se traduce como tener salud (integral) en el trabajo.

 

¿Cuáles son los tipos de riesgos laborales?

 

 

Los distintos tipos de riesgos laborales

 

  • Químicos: líquidos, sólidos, polvos, humos, vapores y gases.
  • Físicos: como los ruidos, las vibraciones, la insuficiente iluminación, las radiaciones y las temperaturas extremas.
  • Biológicos: como las bacterias, los virus y los desechos infecciosos.
  • Psicológicos: provocados por la tensión y la presión.